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Compensaciones o reconocimientos
económicos

Dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4 y 6 de la Ley 1742 de 2014, la oferta de compra notificada a los propietarios o poseedores registrados en el folio de matrícula, además del valor comercial del predio, contendrá la compensación económica que proceda de acuerdo a cada caso de conformidad a lo establecido en las resoluciones IGAC 898 y 1044 de 2014.

En este orden de ideas, además del valor comercial del terreno, construcción, mejoras y anexidades del predio, determinados por la Lonja, los propietarios y poseedores inscritos de inmuebles requeridos para la ejecución de los proyectos del SETP, reciben en su oferta de compra, las compensaciones que correspondan de acuerdo a las características de socioeconómicas presentadas, los cuales se enuncian a continuación:

Daño Emergente:
  • Notariado y registro.
  • Desinstalación yo desmonte de bienes muebles.
  • Traslado.
  • Reubicación, montaje y/o instalación de muebles.
  • Desconexión de servicios públicos.
  • Impuesto predial.
  • Perjuicios derivados de la terminación de contratos.
Lucro Cesante:
  • Perdida de utilidad por contratos que dependen del inmueble objeto de adquisición.
  • Pérdida de utilidad por otras actividades económicas.

Por otra parte, de acuerdo a lo establecido en el marco de política de reasentamiento los poseedores irregulares, tenedores, ocupantes y arrendatarios que residan o realicen una actividad productiva de manera formal e informal en un predio requerido por el SETP Santa Marta S.A.S. y que deban desplazarse involuntariamente por causa de la adquisición predial con ocasión de las obras, independiente de la forma de tenencia del mismo, podrán participar del programa de  reconocimientos económicos si están incluidas en el Censo y Diagnóstico Socio-Económico realizado por los equipos que para tal efecto ha realizado el Sistema Estratégico de Transporte Público: “SETP Santa Marta S.A.S, han aportado dentro de los términos señalados por el SETP Santa Marta S.A.S., los documentos por éste solicitados y su proceso de reasentamiento es ocasionado por el inicio del proceso de adquisición predial. Los reconocimientos económicos que se han establecido por marco de política de reasentamiento son: